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lunes, 13 de abril de 2020

FARMALINK

IMPORTANTE Estimados: Dada la situación excepcional que estamos transitando, queremos recordarles la importancia de seguir realizando los cierres de presentación Online a través de la página de Imed, en base a las fechas de cierre estipuladas para cada entidad de Farmalink. Este cierre incluirá las recetas validadas online y también las recetas informadas en la Declaración de Dispensa Manual cuando, por algún motivo, las mismas no se hayan podido validar. Esta normativa permite que cada receta presentada tenga su respaldo electrónico. Esta es la única forma por la que las entidades de salud pueden recibir la información de las recetas para su liquidación. Asimismo, aprovechamos para recordarles que el envío de las liquidaciones a las entidades de Salud se realizaran en tiempo y forma en base a la información Online recibida en los cierres de presentación ( validaciones online + declaración de dispensa manual) y que a posteriori cuando se reciban las recetas físicas se realizaran los ajustes pertinentes en caso de corresponder. Ante cualquier inquietud, no dude en contactarnos al 0810-333-0000 (Centro de Llamadas Farmalink) o a la Mesa de Ayuda de IMED al 0810-122-7427. Saludos cordiales, FARMALINK S.A. * En la página de Imed, se encuentran disponibles los instructivos de cierre de presentación y de carga en la Declaración de la Dispensa Manual.
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La Plata, 09 de ABRIL de 2020 – farmaceuticos@colfarma.org.ar – www.colfarma.org.ar
INFORMACIÓN OBRAS SOCIALES Nº 19/2020

BARBIJO ROJO

Para las farmacias que hayan activado el protocolo del programa Barbijo Rojo y hayan cursado las denuncias al 144, posteriormente deberán registrar el evento en el acceso de SIAFAR dispuesto para tal efecto y, de esta manera, facilitar el registro de los casos denunciados. Recordamos que el programa BARBIJO ROJO es una vía para ayudar a denunciar las situaciones de violencia de género que pudieran producirse en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Para ver instructivo (Clic aquí)

 

PODER JUDICIAL - Campaña de Vacunación 2020

Informamos que a partir de la fecha comenzó la campaña de vacunación antigripal 2020, la cual tendrá vigencia hasta el 31 de Agosto del corriente. Las recetas tendrán la cobertura del 100% siempre y cuando se encuentren PREVIAMENTE AUTORIZADAS por la Obra Social, de lo contrario contaran con la cobertura habitual.  La prescripción de la Vacuna debe estar en forma individual en la receta para cada afiliado, la misma debe conservar el formato habitual, completando los datos que solicita el recetario oficial (Obra Social, datos del Afiliado, fecha, número de prestador, firma y sello del médico), en el caso que se prescriba en formato digital, en referencia a la emergencia sanitaria de público conocimiento, también deben contener los datos antes mencionados. Las recetas se deberán dispensar SIN VALIDAR.

OSPIA - Recetario Electrónico

La Obra Social informa que ha implementado un nuevo recetario en formato electrónico que convivirá con el recetario oficial existente, con el fin de dar cumplimento al “aislamiento social, preventivo y obligatorio”. Para ver modelo Recetario Electrónico (Clic aquí)

 

Listado actualizado de Obras sociales  que aceptan imágenes de recetas

Durante la emergencia sanitaria algunas obras sociales y prepagas nos piden aceptar imágenes de recetas enviadas a los pacientes por correo electrónico, whatsapp, etc.
La lista de los que informaron hasta ahora:
·         ACA SALUD
·         AMFFA
·         AMSTERDAM SALUD
·         APOC
·         ASOCIACION MUTUAL SANCOR SALUD
·         ASOCIAR ART
·         BANCO DE LA PAMPA
·         BANCO PROVINCIA
·         CAJA DE ESCRIBANOS
·         CIMA
·         CASA
·         CEMURPO
·         COMEI
·         COOPERACIÓN SEGUROS
·         CSIL-Sanatorio Junín Prepago (TODOS LOS PLANES CON PREVIA AUTORIZACION)
·         CSIL-Sanatorio Junín Obra Social (TODOS LOS PLANES CON PREVIA AUTORIZACION)
·         DASMI
·         DASUTEN
·         DPAS
·         EMPLEADOS DEL COLEGIO DE FARMACEUTICOS DE LA PROVINCIA DE Bs. As. (358)
·         EXPERTA A.R.T.
·         FEDERADA SALUD
·         FIDEICOMISO SUPERAR
·         HOSPITAL AUSTRAL SALUD (TODOS LOS PLANES)
·         JARDINEROS
·         JERARQUICOS  SALUD
·         LA PEQUEÑA FAMILIA INTEGRAL
·         LA PEQUEÑA FAMILIA PREPAGA
·         LA SEGUNDA ART
·         MEDIFE
·         NUMUSE-MEDICAR WORK
·         O.S.A.P.
·         OSALARA
·         OSAM PERGAMINO
·         OSFATLyF
·         OSMATA
·         OSPAGA
·         OSPE
·         OSPECYD
·         OSPENA
·         OSPEPBA
·         OSPFESYQYP
·         OSPIA
·         OSPIM ENSALUD
·         OSPOCE  INTEGRAL
·         OSPRERA MONOTRIBUTISTA
·         OSPRERA RURAL
·         PLUS ART
·         PODER JUDICIAL
·         POLICIA FEDERAL
·         PREVENCIÓN ART
·         PREVENCION SALUD
·         RECONQUISTA ART
·         SASA
·         SAMI SALUD
·         STAFF MEDICO
·         SUETRA
·         SCIS UNIFICADO
·         TV SALUD
·         UNION PERSONAL
·         UNLP
·         UTA

La farmacia podrá efectuar la dispensa con una impresión de la receta. La cual deberá validar con los sistemas habituales debidamente firmada por el afiliado o tercero que retira, adjuntando el comprobante de validación y los troqueles en la copia de la receta.
ATENCIÓN: Esto no aplica para la dispensa de medicamentos estupefacientes que necesiten duplicados. Esta modalidad será válida durante este aislamiento social preventivo y obligatorio decretado por el gobierno.

 

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jueves, 9 de abril de 2020

INFORMACIÓN OBRAS SOCIALES Nº 18/2020

ATENCION: nueva resolución para recetas por imagen

AHORA de acuerdo a la Resolución RESO-2020-505-GDEBA-MSALGP de la provincia de Buenos Aires publicada en Boletín Oficial el día de ayer 06/04/20, que adhiere a la Resolución 696/2020, se admitirán las imagenes de recetas con medicamentos de venta bajo receta y también los psicotrópicos de Listas III y IV para todas las obras sociales.

QUEDAN EXCLUIDOS DE ESTA RESOLUCION LOS ESTUPEFACIENTES

Las imágenes de las recetas del IOMA no son aceptadas. La obra social está desarrollando una nueva plataforma de prescripción..

Listado actualizado de Obras sociales
que aceptan imágenes de recetas

Durante la emergencia sanitaria algunas obras sociales y prepagas nos piden aceptar imágenes de recetas enviadas a los pacientes por correo electrónico, WhatsApp, etc.
La lista de los que informaron hasta ahora:
ACA SALUD
AMFFA
AMSTERDAM SALUD
ASOCIACION MUTUAL SANCOR SALUD
ASOCIAR ART
BANCO DE LA PAMPA
BANCO PROVINCIA
CAJA DE ESCRIBANOS
CIMA
CASA
CEMURPO
COMEI
COOPERACIÓN SEGUROS
DASMI
DASUTEN
DPAS
EMPLEADOS DEL COLEGIO DE FARMACEUTICOS DE LA PROVINCIA DE Bs. As. (358)
EXPERTA A.R.T.
FEDERADA SALUD
FIDEICOMISO SUPERAR
HOSPITAL AUSTRAL SALUD (TODOS LOS PLANES)
JARDINEROS
JERARQUICOS  SALUD
LA PEQUEÑA FAMILIA INTEGRAL
LA PEQUEÑA FAMILIA PREPAGA
LA SEGUNDA ART
MEDIFE
NUMUSE-MEDICAR WORK
O.S.A.P.
OSALARA
OSAM PERGAMINO
OSFATLyF
OSMATA
OSPAGA
OSPE
OSPECYD
OSPENA
OSPEPBA
OSPFESYQYP
OSPIA
OSPIM ENSALUD
OSPOCE  INTEGRAL
OSPRERA MONOTRIBUTISTA
OSPRERA RURAL
PLUS ART
PODER JUDICIAL
POLICIA FEDERAL
PREVENCIÓN ART
PREVENCION SALUD
RECONQUISTA ART
SASA
SAMI SALUD
STAFF MEDICO
SUETRA
SCIS UNIFICADO
TV SALUD
UNION PERSONAL
UNLP
UTA

La farmacia podrá efectuar la dispensa con una impresión de la receta, la cual deberá validar con los sistemas habituales debidamente firmada por el afiliado o tercero que retira, adjuntando el comprobante de validación y los troqueles en la copia de la receta.

Dirección Provincial Acción Social Servicio
Penitenciario Bonaerense (DPAS)

Recordamos que en cada dispensa se debe verificar la Afiliación, solicitando el último recibo de sueldo junto al DNI y carnet de afiliado para dar cumplimiento a lo requerido para la dispensa.

Dispensa de Psicotrópicos: Receta Digital

• Prescripción y dispensa de Psicotrópicos Lista III y IV Ley 19303,
• Medicación para pacientes con tratamientos oncológicos o
• Pacientes con tratamiento de enfermedades crónicos no trasmisibles y/o
• Cualquier otro medicamento que se utilice bajo receta,
• Excluidos los estupefacientes
• VIGENCIA: mientras se mantenga la cuarentena (Res 297/2020).

CAJA DE ESCRIBANOS

Plan Tratamiento Prolongado La Obra Social informa ante la emergencia sanitaria de público conocimiento, que todas aquellas recetas del plan Tratamiento Prolongado que tendrían vencimiento a partir del 20 de Marzo de corriente en adelante, extienden la vigencia de la validez de la receta por 60 días más.

DASUTEN: Campaña de Vacunación Antigripal 2020

Informamos que a partir de la fecha comenzó la campaña de vacunación antigripal 2020, la cual tendrá vigencia hasta el 31 de julio del corriente. Las recetas deberán validarse en el Plan de Vacunación antigripal y tendrán la cobertura del 100% de acuerdo a las siguientes características: · Afiliados menores a 24 meses y mayores a 65 años con Orden de Farmacia Electrónica provista por la Obra Social. · Afiliados en Grupo de Riesgo mayores a 24 meses y menores a 65 años con Autorización Electrónica provista por la Obra Social. · Resto de afiliados: cobertura habitual del 50 %

OSMATA

Debido a la emergencia sanitaria, la Obra Social extiende la vigencia de las recetas que actualmente es de 60 días, pasando a tener una validez de 90 días corridos.

OSPOCE INTEGRAL – Campaña de Vacunación

La Obra Social informa que a partir de la fecha ha comenzado la campaña de vacunación ANTIGRIPAL, la misma regirá  hasta el 30/06 del corriente. Las recetas deben contar con su respectiva PREVIA AUTORIZACION. Para los Afiliados de Grupo de riesgo, la Obra Social cubrirá un  tope de hasta $ 900-  y  la cobertura habitual del 40% es para el resto de los afiliados.

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miércoles, 8 de abril de 2020

NOVEADES FEMEBA




Estimado Farmacéutico:
Ante la situación de conocimiento público hemos adecuado algunas normas para la dispensa a nuestros afiliados Osmeba/Femeba. Las mismas estarán vigentes mientras dure el estado de crisis por la Pandemia y estemos dentro del aislamiento social preventivo.


Para quienes compren a través de RECETA m֖édica, por RESOLUCION 696/2020 es válida por Mensaje de Texto, WSP, mail o Fax. Dichas recetas deben ser confeccionadas por el médico con la leyenda “RECETA DE EMERGENCIA COVID-19”. Las mismas deben presentarse a las farmacias y serán registradas en LIBRO PRESCRIPTOR bajo COVID-19


Sugerimos que en los casos donde el afiliado no presente la impresión de dicha receta, puedan imprimirla Uds. Caso contrario guardarla en archivo digital para la futura presentación.




Informamos también que hemos decidido liberar el tope de autorización de medicamentos (que hasta el momento era de $2800).


En cuanto a vacunas Antigripales cepa 2020 y vacuna de neumococo todos aquellos afiliados que cuenten con la indicación médica y puedan comprobar que pertenecen al grupo de riesgo (edad con DNI) podrán vacunarse con cobertura del 100%. Otros casos, con el descuento del plan como figura en el padrón. Excepciones de patologías deberán autorizar por los medios digitales que se encuentran a disposición.
Atte
Círculo Médico de Quilmes

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Si, ese procedimiento es posible. PAMI SIN RECETA Y SIN   NUMERO DE RECETA

Si el afiliado concurre sin datos de la receta, solo con su DNI y Credencial de PAMI
1.    La farmacia debe ingresar a la web de SIAFAR con su código de PAMI y clave habitual y a través del botón CONSULTA DE RECETA ELECTRÓNICA acceder a su consulta, en el menú “Solicitud de Autorización” colocando Plan y número de afiliado.
2.    Una vez que la farmacia obtiene el número de la receta y lo confirma con el afiliado procede a ingresar en su sistema de validación habitual el número de receta junto al número del afiliado y continuar los pasos regulares.
3.    Efectuar la validación exitosa de la receta.
4.    Imprimir el comprobante de validación, y en el frente registrar los datos y firma del afiliado o tercero y también en el frente del comprobante deben adherirse los troqueles. Tener en cuenta que los datos de la dispensa deben quedar legibles y no ser ocupados por la firma ni por los troqueles.
5.    El comprobante de validación conformado, y con los troqueles adheridos, integrará la presentación quincenal en sustitución de la receta física.


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martes, 7 de abril de 2020

La Plata, 06 de ABRIL de 2020 – farmaceuticos@colfarma.org.ar – www.colfarma.org.ar
PRESCRIPCIÓN Y DISPENSA DE MEDICAMENTOS EN CUARENTENA
La provincia de Buenos Aires ha adherido a la Resolución 696/2020 y a su ANEXO I.
La Resolución 696/2020 y su Anexo I, se aplica a:
 Prescripción y dispensa de Psicotrópicos Lista III y IV Ley 19303,
 Medicación para pacientes con tratamientos oncológicos o
 Pacientes con tratamiento de enfermedades crónicos no trasmisibles y/o
 Cualquier otro medicamento que se utilice bajo receta,
 Excluidos los estupefacientes
 VIGENCIA: mientras se mantenga la cuarentena (Res 297/2020).
La Resolución RESO-2020-505-GDEBA-MSALGP de la provincia de Buenos Aires publicada en Boletín Oficial de la Prov. Bs. As. el día 06/04/20, que adhiere a la Resolución 696/2020, incluye en su contexto algunas consideraciones que presentan inconsistencias con normas que rigen nuestra profesión y con el cumplimiento que los farmacéuticos debemos realizar a las mismas.
Este Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, realizará las presentaciones ante las autoridades provinciales, para preservar el ejercicio profesional farmacéutico y en salvaguarda de todos los matriculados, porque las mismas exponen al farmacéutico y comprometen la asequibilidad en tiempo y forma de los medicamentos de la población a la que se asiste.
Ante este intrincado régimen legal de emergencia sanitaria, este Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires ha redactado un procedimiento que recomendamos seguir a los efectos de garantizar la dispensa de los medicamentos.
PROCEDIMIENTO RECOMENDADO POR COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE LA PROV. BUENOS AIRES
1. La selección de la farmacia para la provisión del medicamento bajo la modalidad aquí establecida es potestad del paciente. (art. 5 Resolución 696/2020)
2. El farmacéutico recibe la prescripción en formato de mensaje de texto o mensajes a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax, una imagen/ archivo/foto, del recetario realizado por el médico que deberá contener:
a. los datos que identifiquen al paciente,
b. su cobertura social (de corresponder y que haya reconocido este mecanismo),
c. la prescripción propiamente dicha cumpliendo ley de prescripción por DCI,
d. firma y sello del médico, matrícula,
e. Unidades a dispensar (no mayor a un mes de tratamiento crónico)
f. fecha prescripción posterior al 20/03/2020.
3. La prescripción puede ser manuscrita o imprenta con ordenador o electrónica del financiador.
4. La firma puede ser de puño y letra o digital (Ley 25506)
 Validez de la receta para la dispensa: de acuerdo a lo convenido con la seguridad social
que corresponda
6. Si requiere DUPLICADO (Archivo) deben recibir DOS IMÁGENES, una es la de archivo.
7. La farmacia deberá guardar copia papel de la prescripción de archivo y registrarlo en el libro recetario y/o libro de psicotrópicos.
8. Todas las prescripciones bajo receta con esta modalidad se deberán guardar para futuras fiscalizaciones.
9. Prescripciones en formato papel de fecha anterior a la entrada en vigencia de esta resolución, podrá el paciente, presentarlas para su dispensación y conservará su validez por hasta NOVENTA (90) días, desde la fecha de su prescripción, si no hubiera sido presentada al dispensador previamente.
10. Podrán recibir recetas en FORMATO PAPEL para hasta tres próximos meses de tratamiento.
Cordialmente,
Farm. Susana Migliaro Coordinadora de la Comisión de Relaciones Profesionales Te: 0221-429 0900 - E-mail: relprof@colfarma.org.ar COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Calle 5 Nro 966 (1900) La Plata Telefax (0221) 4290900 (líneas rotativas)
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lunes, 6 de abril de 2020

La Plata, 3 de ABRIL de 2020 – farmaceuticos@colfarma.org.ar – www.colfarma.org.ar
INFORMACIÓN OBRAS SOCIALES Nº 17/2020

IOMA: Campaña de Vacunación 2020

Informamos que a partir de la semana entrante se pondrá en marcha la Campaña de Vacunación Antigripal 2020.
El valor de distribución, logística y aplicación de la Vacuna es de $220 por dosis, de los cuales $30 por dosis pagará la farmacia a la Droguería en concepto de logística, quedando para la farmacia $190
Cuando las Vacunas estén disponibles en las Droguerías, los pedidos se realizarán como años anteriores, a través de la página del Colegio, como así mismo la validación correspondiente, en la opción Pedidos a Droguería / Armar pedido, donde podrá ver el stock disponible en Droguería y realizar los mismos, con un mínimo de 5 (cinco) dosis y un máximo de 20 (veinte) dosis por día, pudiendo solicitar reposición únicamente cuando su stock disminuya hasta las 5 dosis.
Finalmente deberá realizar la validación completando los campos requeridos y luego realizar la correspondiente presentación. La misma se extenderá hasta el 31 de julio del corriente.
Formarán parte de la Campaña de Vacunación los siguientes grupos:
  • Afiliados a partir de los 65 años deberán concurrir con carnet y DNI, no siendo necesaria la presentación de la receta.
  • Afiliados menores de 65 años que acrediten patologías de riesgo, mujeres embarazadas en cualquier trimestre del embarazo, puérperas dentro de los 10 días del parto (que no hayan sido vacunadas durante el embarazo) y niños menores de 2 años. En estos casos las recetas deberán estar autorizadas por la delegación correspondiente a IOMA.
  • En los casos que estos afiliados (menores de 65 años) hayan sido vacunados en los años 2018 / 2019 y se encuentren fehacientemente corroborado en el sistema de validación no será necesario presentar la receta.
Se deberá tener en cuenta que la receta debe estar prescripta solamente con la Vacuna Antigripal Campaña cepa 2020. Para acceder al instructivo (clic aquí)  

LAS FARMACIAS DEBEN REALIZAR LOS PEDIDOS A LAS DROGUERIAS
CON LAS QUE HABITUALMENTE TRABAJEN.

PAMI- Campaña de Vacunación

La COFA informa  en referencia a la Campaña de Vacunación Antigripal, que el PAMI ha comunicado que en el caso de afiliados que presenten Certificado de Trasplante del INCUCAI, debe aplicarse la vacuna sin requisito de receta, sin tener en cuenta  la edad del  beneficiario.

ACA SALUD – Campaña de Vacunación

La Obra Social informa que a partir de la fecha pone en marcha la Campaña de Vacunación Antigripal para los mayores de 64 años y menores de 24 meses sin la presentación de la receta médica. Las farmacias realizarán la validación on line del producto que entreguen con una cobertura del 100% y el afiliado deberá presentar Credencial.

Listado de Obras sociales
que aceptan imágenes de recetas

Durante la emergencia sanitaria algunas obras sociales y prepagas nos piden aceptar imágenes de recetas enviadas a los pacientes por correo electrónico, whatsapp, etc.
La lista de los que informaron hasta ahora:
ACA SALUD
AMFFA
ASOCIACION MUTUAL SANCOR SALUD
BANCO DE LA PAMPA
BANCO PROVINCIA
CAJA DE ESCRIBANOS
CASA
COMEI
DASUTEN
EXPERTA A.R.T.
FEDERADA SALUD
HOSPITAL AUSTRAL SALUD (TODOS LOS PLANES)
JERARQUICOS  SALUD
O.S.A.P.
OSFATLyF
OSMATA (SOLO CRONICOS)
OSPE
OSPEPBA
OSPIA
OSPIM ENSALUD
OSPRERA MONOTRIBUTISTA
OSPRERA RURAL
PODER JUDICIAL
POLICIA FEDERAL
PREVENCION SALUD
STAFF MEDICO
SCIS UNIFICADO
UNION PERSONAL

La farmacia podrá efectuar la dispensa con una impresión de la receta. La cual deberá validar con los sistemas habituales debidamente firmada por el afiliado o tercero que retira, adjuntando el comprobante de validación y los troqueles en la copia de la receta.
ATENCION: esto no aplica para la dispensa de medicamentos psicotrópico y estupefacientes que necesiten duplicados. Esta modalidad será válida durante este aislamiento social preventivo y obligatorio decretado por el gobierno.

OSPAGA

Debido a la situación del COVID-19, la obra social informa que los afiliados podrán retirar medicación con autorización ( BAUCHER ) con el logo de OSPAGA sin presentar receta.
Para ver ejemplo de imagen de Baucher (clic aquí).  

Sin otro partic

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viernes, 3 de abril de 2020

  • Boletín Electrónico ESPECIAL 03-04-2020 Recolección de residuos patogénicos
    Yahoo/Buzón
    Colfarma Informa <infofarmaceuticos@colfarma.org.ar>
    Para:Colfarma Informa
    CC:paracolfarma@gmail.com
    vie., 3 abr. a las 15:17

    http://www.colfarma.info/colfarma/wp-content/uploads/2018/03/headers-especial-1.png
    La Plata, 03 de ABRIL de 2020 – farmaceuticos@colfarma.org.ar – www.colfarma.org.ar

    Recolección de residuos patogénicos

    Sr/a Farmacéutico/a
    --------------------------------------
    De mi mayor consideración:
    Nos dirigimos a Ud. a los efectos de informarle que, ante reclamos por la falta de prestación del servicio de la empresa recolectora Hábitat Ecológico, hemos revisado esta situación con el proveedor. La empresa nos manifiesta que el servicio se sigue prestando en forma regular y que, en algunos casos, no se ha podido proceder a la recolección de residuos patogénicos debido a que se han encontrado Farmacias cerradas en sus horarios habituales.
    Desde este colegio realizaremos permanentemente un seguimiento exhaustivo de la prestación del servicio y recordamos  que ante incumplimientos de los mismos sean comunicados al email residuospatogenicos@colfarma.org.ar.
    Sin ot
    Publicado por Colegio Farmaceuticos Berazategui en 11:40 No hay comentarios:
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    Buenos Aires, 1° de Abril de 2020
    Estimado Farmacéutico/a:
    Por medio de la presente le informamos que la modalidad descripta en el punto 1- B) que fuera informado en la nota del 27 de Marzo del 2020, continuará vigente mientras dure la cuarentena obligatoria.
    En cuanto al punto 2- VALIDEZ DE LA RECETA, la misma se modifica a 90 (noventa) días desde la fecha de emisión e incluyendo la misma.
    A continuación se transcribe la nota enviada oportunamente con las modificaciones mencionadas.
    Desde ya agradecemos su colaboración.
    Buenos Aires, 27 de marzo de 2020
    Estimado Farmacéutico:
    Ante la situación de emergencia creada por el brote de COVID-19, les informamos los siguientes puntos a tener en cuenta al momento de la dispensa:
    1 - TIPO DE RECETAS QUE SE PODRÁN DISPENSAR:
    A) Recetas manuscritas en original: se validan on line como se hace habitualmente.
    B) Recetas manuscritas que hayan sido enviadas a los afiliados a través de cualquier medio digital (e-mail, WhatsApp, etc):
    - Las mismas deben conservar el formato habitual (membrete de institución o del médico, datos del afiliado, fecha, firma y sello del médico).
    - La farmacia podrá facturar con una fotocopia de la receta, y el afiliado deberá dar el conforme en la fotocopia o bien en el ticket adjunto a la misma. En estos casos será suficiente la firma del afiliado o de quien retira.
    - De no poder el afiliado presentar una copia de la receta, la farmacia podrá validar la misma y presentar el ticket con los troqueles y la conformidad y datos del que retira. Es indispensable que en el ticket figuren el número de socio y el número de la autorización on line para que se pueda relacionar el ticket con la transacción. En estos casos se solicita firma, aclaración y DNI de quien retira en el ticket.
    - Las recetas deberán ser validadas por Imed como cualquier otra receta.
    C) Receta Electrónica/Digital generada por el médico y enviada a los afiliado por un medio digital (e-mail, WhatsApp, etc) :
    - El afiliado puede llevar la receta impresa o presentarla en el teléfono.
    - Estas recetas cuentan con un Número de Receta Electrónica o ID que las identifica. El mismo figura en un código de barras.
    - Todas las recetas electrónicas deben validarse a través del sistema de validación on-
    line sin excepción y es indispensable cargar en el sistema el número de receta
    correspondiente.
    - Si usted cuenta con el servicio de “Consulta de Receta Electrónica” provisto por su
    software podrá ingresar el número de receta y el sistema le devolverá los productos
    prescriptos para ese afiliado.
    - De no contar con la impresión de la receta, deberá adjuntar los troqueles a la copia
    del ticket fiscal o comprobante de venta para su envío y liquidación. En el ticket
    deberán figurar:
     N° de receta electrónica.
     N° de afiliado.
     Descripción de los productos dispensados (marca comercial, cantidad de
    unidades, porcentaje de cobertura a cargo del afiliado y de la entidad, importes
    unitarios y totales).
     Fecha de dispensa.
     Firma, DNI y aclaración del afiliado o tercero interviniente.
     Sello y firma del director técnico de la farmacia.
    2 - VALIDEZ DE LA RECETA:
    La validez de TODAS las recetas para la dispensación se modifica a 90 (noventa) días desde la
    fecha de emisión e incluyendo la misma.
    Los puntos 1- B) y 2 son modalidades provisorias, se aplican a todos los expendios efectuados
    desde el día 19/03/2020, fecha en que se dio inicio a la cuarentena obligatoria, hasta la fecha
    en que se dé por finalizada la misma.
    Los puntos 1- A) y C) son operatorias habituales de las farmacias.
    Lo saluda atentamente.
    Farmalink S. A.
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