Blog Colegio de Farmaceuticos de Berazategui

miércoles, 27 de marzo de 2019

RECORDAR


MPN (Medicamentos de Primer Nivel) – Procedimiento

La COFA detalla las siguientes aclaraciones a tener en cuenta respecto a este convenio:

·        Aquellas farmacias que todavía no hayan realizado la adhesión, deberán formalizarla para poder ser habilitadas en el sistema de validación.

·        De no encontrarse habilitado el convenio en su sistema de farmacia, podrá validar las recetas a través del validador del Colegio.

·        El convenio MPN está destinado a brindar prestación en medicamentos en dos planes, el Plan A, para beneficiarios de la AUH, y el Plan J, para mayores de 65 años.

·        En el caso del Plan A, los beneficiarios son todos aquellos que se encuentren en las libretas de AUH que documentan dicho beneficio, padres e hijos. La farmacia debe solicitar el número de documento del paciente y una copia de la libreta del beneficiario para acompañar a la receta.

·        Es importante resaltar que la farmacia no deberá cobrar al paciente ningún adicional por receta, ya que la totalidad del precio estará expresada en el comprobante y/o ticket de validación.

·        Las farmacias deberán realizar un Cierre de Lote semanal en SIAFAR (sin presentación de receta) los días lunes, o día hábil siguiente en caso de feriado. Este Cierre de Lote posibilitará la emisión del pago dentro de las 72 horas siguientes mediante notas de crédito en la droguería por la que se haya optado en la adhesión.

·        El último lunes de cada mes la farmacia deberá realizar el Cierre de Lote correspondiente e inmediatamente un Cierre de Presentación Mensual, que contendrá todas las recetas que han compuesto los cierres de lote semanales. La carátula de Cierre de Presentación deberá ser acompañada con las recetas, troqueles y copia de documentación (en caso de Plan A) de cada prestación.

·        Es importante que las farmacias realicen su presentación mensual ya que las recetas tendrán una validez de 60 días desde el cierre de presentación, transcurridos esos 60 días sin la correspondiente presentación de la receta, le será debitada sin posibilidad de refacturación.

Sin otro particular, saludamos a Usted muy atentamente.

No hay comentarios:

Publicar un comentario