Blog Colegio de Farmaceuticos de Berazategui

sábado, 12 de marzo de 2016

PAMI: tope de tiras

PAMI: tope de tiras


Estimados Colegas:

El Instituto ha informado la aprobación de las Normas para la Provisión de Insumos para personas con diabetes incluidas en el “Padrón de Diabéticos”, de acuerdo al siguiente cuadro:

Insumos básicos
Cantidad de referencia y descripción del insumo

1)COMPRENDE A AQUELLAS PERSONAS EN TRATAMIENTO CON INSULINAS
TRATAMIENTO NO IDENTIFICADO SOLO O COMBINADO CON ANTIDIABETICOS ORALES
TRATAMIENTO INTENSIFICADO (*)
Jeringas descartables par insulina
100 anuales
200 anuales
Agujas descartables p/uso subcutáneo
150 anuales
200 anuales
Lancetas descartables para punción digital
200 anuales
200 anuales
Provisión de tiras reactivas para automonitoreo glucémico (AMG)
400 anuales
1500 anuales
1800 anuales
Situaciones especiales (***)
Tiras reactivas para acetona en sangre y orina
50 anuales
50 anuales
Tiras reactivas para glucosa en orina
100 anuales
100 anuales
Bomba de infusión continua para insulina y sus insumos descartables (****)
Según prescripción médica especializada (**)
2)COMPRENDE A AQUELLAS PERSONAS EN TRATAMIENTO C/ANTIDIABETICOS ORALES:
Biguanidas: clorhidrato de metformina
Sulfonamidas, urea derivados: glibenclamida-glipizida-glimepirida
Provisión de tiras reactivas para glucosa en sangre
100 anuales
200 anuales
Lancetas descartables para punción digital
50 anuales
50 anuales

(*) Tratamiento intensificado: consiste en administración de insulina (NPH dos a tres veces al día, insulina detemir dos veces al día o insulina glargina, una vez al día), más insulina adicional de acción rápida en relación a las ingestas (insulina regular o análogos rápidos), o bomba de infusión continua subcutánea.

(**) Prescripción médica especializada. Médicos especialistas en Endocrinología y/o Nutrición, y aquellos especialistas en Clínica Médica, Medicina General y Pediatría, que acrediten capacitación en diabetes (Especialización Universitaria a través de carreras de especialización y/o maestrías, capacitación en sociedades científicas afines) y un mínimo de cinco años de trabajo en un Servicio acreditado donde se traten pacientes con esta patología.

(***) Situaciones especiales: Tratamiento intensificado con riesgo frecuente de hipoglucemias o bomba de insulina o gestantes con diabetes pregestacional o gestacional con insulina o mujer con diabetes que planifica su embarazo.

(****) Bomba de infusión: Ante indicación expresa y fundamentada de profesional especializado, su otorgamiento deberá ser evaluado y aprobado por la auditoría de la Institución que corresponda, utilizando como referencia las normas que al respecto ha establecido la Sociedad Argentina de Diabetes y que formarán parte del Programa Nacional de Garantía de Calidad de Atención Médica.


Sin otro particular, lo saludo atentamente


Farm. CLAUDIA SLEZACK
COMISION DE OBRAS SOCIALES Y POLITICAS
DE COMERCIALIZACION DE MEDICAMENTOS
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