El Colegio le solicitó a ARBA la reducción en Ingresos Brutos Colegas,
les compartimos la nota que enviamos a ARBA para solucionar la
problemática que afecta a las farmacias de la provincia en cuanto al
régimen impositivo de los Ingresos Brutos.  Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (A.R.B.A.) Lic. Cristian Girard S/D De nuestra mayor consideración: El Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires,
ha mantenido numerosas reuniones con la agencia que usted dirige para
plantear la problemática que afecta a las farmacias de la provincia en
cuanto al régimen impositivo de los Ingresos Brutos No hemos
recibido respuesta a esta problemática que afecta el acceso al
medicamento de los bonaerenses. Reiteramos nuestra solicitud para
realizar una reunión con la agencia de recaudación, a los efectos de
abordar y solucionar esta situación. El régimen de Agentes de Percepción
ha sido instrumentado en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires hace
muchos años, con el fin de adelantar la recaudación de los
contribuyentes y no tener que esperar a la cancelación de la obligación
fiscal generada por la presentación de la declaración jurada mensual.
Ahora bien, en la actividad farmacéutica ocurre un hecho que
no está contemplado en la legislación vigente, que genera saldos a
favor del contribuyente de manera frecuente y durante varios períodos.
Esa situación perjudica notoriamente al contribuyente y se agrava con
los índices inflacionarios que existen. Al
momento de adquirir los medicamentos, el farmacéutico no conoce quién
será su destinatario final, por lo cual adquiere los medicamentos
pagando el monto establecido por los laboratorios o droguerías, sobre
el que se realiza el cálculo de la percepción correspondiente. Si la
persona que lo adquiere se encuentra afiliada a PAMI, IOMA u otro
organismo de la seguridad social, ese medicamento será dispensado a un
monto menor. De esta manera, queda claramente expuesto el motivo de la acumulación de saldos a favor,
sobre todo cuando incorporamos la percepción que realizan los bancos
al momento de registrarse las operaciones mediante la intervención
ineludible de las instituciones financieras.
La reducción del precio de comercialización de las farmacias a los
afiliados del PAMI, IOMA, y otras obras sociales, no depende de las
farmacias, sino del gobierno nacional, provincial, etc. En definitiva,
de las propias obras sociales e impacta negativamente en la farmacia,
que también aporta al beneficio obtenido por los afiliados con un
porcentaje de reducción en el precio final del producto. Esa reducción llega a través de notas de crédito
que se aplican a la compra de medicamentos e insumos y de esta manera
no se ve reducido el efecto en el saldo a favor generado en la
percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Por todo lo expuesto, desde el Colegio de Farmacéuticos de la
Provincia de Buenos Aires, entidad que represento, solicitamos a Ud.
que tenga a bien considerar la situación exteriorizada anteriormente y
se instrumente una reducción de la alícuota prevista en el artículo 370
de la Disposición Normativa tipo “B” 1/04, a efectos de morigerar el
perjuicio que produce a la totalidad de las farmacias de la provincia
de Buenos Aires que tienen una importante venta a afiliados de PAMI.
También ofrecemos una alternativa: generar normativas que
permitan a las droguerías proveedoras de las farmacias realizar el
ajuste de la percepción de ingresos brutos, en las notas de crédito que
realizan. Sin otro particular, quedando a la
espera de una solución en el marco de lo planteado o cualquier otra
alternativa que el equipo técnico a su cargo pueda considerar, hacemos
propicia la oportunidad para saludarlo con la mayor estima. |
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